El Convenio de 1 de junio de 1970 sobre el Reconocimiento de Divorcios y Separaciones Legales (Convenio sobre Divorcio de 1970) tiene por objeto facilitar el reconocimiento, en un Estado contratante, de los divorcios y separaciones legales obtenidos en otro. Garantiza a los cónyuges divorciados y separados que su nuevo estado civil recibirá el mismo reconocimiento en el extranjero que en el país donde se obtuvo el divorcio o la separación. Por tanto, el Convenio simplifica la posibilidad de contraer un nuevo matrimonio y aclara la relación jurídica de la pareja en cuestión, un factor que también puede resultar muy importante en relación con los testamentos y las sucesiones.