El Convenio de 18 de marzo de 1970 sobre la Obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial (Convenio sobre Pruebas de 1970) establece dos métodos de cooperación entre los Estados partes para la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o comercial. Concretamente, ofrece medios eficaces para la obtención de pruebas en circunstancias transfronterizas: (i) las cartas rogatorias, y (ii) los funcionarios diplomáticos o consulares y los comisarios. Al ofrecer una variedad de mecanismos para la obtención de pruebas en el extranjero, el Convenio también constituye una solución eficaz para superar las diferencias entre los ordenamientos de derecho continental y de common law en materia de obtención de pruebas.

Esta sección especializada contiene un amplio espectro de información sobre el Convenio, como por ejemplo: su texto, el estado actual y otra información práctica sobre cada Parte contratante.

Documentos explicativos:

Guía de Buenas Prácticas:

Formulario recomendado para las cartas rogatorias:

Comisiones Especiales:

Cuestionarios y respuestas:

Seminarios:

La obtención de pruebas mediante enlace de video:

Ver también:

Bibliografía